Colocan propaganda electoral en franja de dominio del MOPC

Este miércoles los obreros estaban instalando el cartel de la candidata a diputada Belén Maldonado sin ninguna medida de seguridad y en medio del caótico tránsito.

El mismo se encuentra en la divisoria entre Isla Bogado y Huguá de Seda, en la ruta que une Luque con San Lorenzo. Fue colocado hace un par de días y ya es motivo de críticas por la ciudadanía.

El pórtico continúa en el lugar con la propaganda electoral, incluso fuera de tiempo con miras a las elecciones del próximo 30 de abril.

Según averiguaciones, el pórtico fue ubicado por una publicitaria a la que la Municipalidad de Luque le habría otorgado el permiso supuestamente sin la autorización del MOPC para colocar la propaganda electoral extemporánea.

El referido cartel fue motivo de quejas de parte de los internautas en las redes sociales, ya que poluciona el espectro visual y confunde con una señalización de distancias que debería indicar el nombre de la ruta y orientar a los conductores para llegar a destino con mayor facilidad.

Algunos señalaron que incluso el la candidata luqueña, también conocida como “compranotas”, tapó la señalización del MOPC.

El Juzgado Electoral debería intervenir de oficio para quitar el cartel, que incluso dificulta la visual a los conductores que utilizan  esta importante vía.

Sobre el contenido de la propaganda electoral, deberá respetar lo dispuesto en los Artículos 291 y 292 del Código Electoral.

Acerca de los lugares, las municipalidades deben indicar los sitios habilitados para la realización de propaganda electoral (Art. 294 y 295 del Código Electoral).

En caso de tratarse de un bien particular, deberá mediar autorización expresa del propietario. Está prohibida realizar propaganda electoral, en puentes, edificios públicos, monumentos, señales de tránsito o pavimentos (Art. 296 del Código Electoral).

En cuanto a los plazos, la propaganda electoral en la vía pública relativa a elecciones internas de los partidos y movimientos políticos se puede realizar durante 30 días contados desde dos días antes de la fecha de los comicios.






Juez ordena a Echeverría eliminar propagandas políticas en Luque

La nota dirigida al intendente de Luque, Carlos Echeverría, ordena la eliminación y sanción a los candidatos «figuretis» que ensucian la ciudad.

En este sentido, para las elecciones internas simultáneas, para la elección de candidatos y autoridades de partidos, movimientos, alianzas y concertaciones; la fecha de las elecciones internas es el 18 de diciembre de 2022.

Mientras el periodo en el cual se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, será desde el 16 de noviembre de 2022, hasta el 15 de diciembre de 2022, según el calendario establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

En cuanto a las elecciones generales (para presidente, vicepresidente, senadores, diputados, gobernadores, y miembros de juntas departamentales), las elecciones generales se desarrollarán el 30 de abril de 2023.

Mientras el periodo en el cual se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, va desde el 27 de febrero de 2023, hasta el 27 de abril de 2023.

VIOLACIÓN CONSTITUYE HECHO PUNIBLE

La realización de propaganda electoral en la vía pública a través de cualquier medio, tales como pintatas, pasacalles, afiches, carteles, gigantografías, etc., fuera de los plazos señalados, se encuentran absolutamente prohibidas y puede constituir hecho punible, de acuerdo con los artículos 324 inciso “a” y 328 del Código Electoral.

En el mismo sentido, las ordenanzas municipales de los municipios del Departamento Central prohíben la realización de propaganda electoral fuera de los plazos establecidos en la ley y castiga la infracción con pena de multa.

Por tanto, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 175 de la Constitución Nacional y el artículo 6º numerales 1, 3, 5, 6, 13, 28 y 32 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, modificado por Ley Nº 5757/2016, en caso de constatar la realización de propaganda electoral en la vía pública en forma extemporánea, dentro del Departamento Central, la Policía Nacional deberá identificar a los autores y remitir los antecedentes al Juzgado Electoral del Departamento Central, indicaron.

Los jefes de las comisarías jurisdiccionales donde se encuentran las propagandas callejeras fuera de tiempo, deberán reportar al Juzgado Electoral y Fiscalía Electoral.




Políticos luqueños violan Código Electoral

Políticos luqueños llenan las murallas de propagandas de sus precandidaturas en el barrio Santacruz, de esta ciudad.

En este sentido, para las elecciones internas simultáneas, para la elección de candidatos y autoridades de partidos, movimientos, alianzas y concertaciones; la fecha de las elecciones internas es el 18 de diciembre de 2022.

Mientras el periodo en el cual se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, será desde el 16 de noviembre de 2022, hasta el 15 de diciembre de 2022, según el calendario establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

En cuanto a las elecciones generales (para presidente, vicepresidente, senadores, diputados, gobernadores, y miembros de juntas departamentales), las elecciones generales se desarrollarán el 30 de abril de 2023.

Mientras el periodo en el cual se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, va desde el 27 de febrero de 2023, hasta el 27 de abril de 2023.

VIOLACIÓN CONSTITUYE HECHO PUNIBLE

La realización de propaganda electoral en la vía pública a través de cualquier medio, tales como pintatas, pasacalles, afiches, carteles, gigantografías, etc., fuera de los plazos señalados, se encuentran absolutamente prohibidas y puede constituir hecho punible, de acuerdo con los artículos 324 inciso “a” y 328 del Código Electoral.

En el mismo sentido, las ordenanzas municipales de los municipios del Departamento Central prohíben la realización de propaganda electoral fuera de los plazos establecidos en la ley y castiga la infracción con pena de multa.

Por tanto, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 175 de la Constitución Nacional y el artículo 6º numerales 1, 3, 5, 6, 13, 28 y 32 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, modificado por Ley Nº 5757/2016, en caso de constatar la realización de propaganda electoral en la vía pública en forma extemporánea, dentro del Departamento Central, la Policía Nacional deberá identificar a los autores y remitir los antecedentes al Juzgado Electoral del Departamento Central, indicaron.

Los jefes de las comisarías jurisdiccionales donde se encuentran las propagandas callejeras fuera de tiempo, deberán reportar al Juzgado Electoral y Fiscalía Electoral.




Multarán a políticos «figuretis»

La Policía Nacional se encargará acerca de cuestiones que guardan relación con la verificación en torno a la propaganda extemporánea. Foto: Archivo LN

Las fechas fueron fijadas por Resolución del TSJE Nº 16/2022, junto con los periodos dentro de los cuales se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, según el artículo 290 del Código Electoral.

En este sentido, para las elecciones internas simultáneas, para la elección de candidatos y autoridades de partidos, movimientos, alianzas y concertaciones; la fecha de las elecciones internas es el 18 de diciembre de 2022.

Mientras el periodo en el cual se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, será desde el 16 de noviembre de 2022, hasta el 15 de diciembre de 2022.

En cuanto a las elecciones generales (para presidente, vicepresidente, senadores, diputados, gobernadores, y miembros de juntas departamentales), las elecciones generales se desarrollarán el 30 de abril de 2023. Mientras que el periodo en el cual se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, va desde el 27 de febrero de 2023, hasta el 27 de abril de 2023.

La realización de propaganda electoral en la vía pública a través de cualquier medio, tales como pintatas, pasacalles, afiches, carteles, gigantografías, etc., fuera de los plazos señalados, se encuentran absolutamente prohibidas y puede constituir hecho punible, de acuerdo con los artículos 324 inciso “a” y 328 del Código Electoral.

En el mismo sentido, las ordenanzas municipales de los municipios del Departamento Central prohíben la realización de propaganda electoral fuera de los plazos establecidos en la ley y castiga la infracción con pena de multa.

Por tanto, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 175 de la Constitución Nacional y el artículo 6º numerales 1, 3, 5, 6, 13, 28 y 32 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, modificado por Ley Nº 5757/2016, en caso de constatar la realización de propaganda electoral en la vía pública en forma extemporánea, dentro del Departamento Central, la Policía Nacional deberá identificar a los autores y remitir los antecedentes al Juzgado Electoral del Departamento Central, indicaron.




Fiscalía interviene propaganda extemporánea

“Realizamos trabajos en inmediaciones de la Avenida 1er. Presidente del Barrio Santa Rosa. Con el acompañamiento de la Municipalidad de Asunción vamos a proceder a tapar los carteles o bien se labrará acta e intimar a las agencias de publicidad para que puedan retirar las gigantografías”, detalló la fiscal electoral de Capital y Central, Abg. Myriam González.

Al respecto enfatizó que continuarán con este tipo de procedimientos mediante acciones conjuntas entre la Municipalidad de Asunción y la Justicia Electoral. “La Fiscalía Electoral a mi cargo ya solicitó informes desde el año pasado a la Municipalidad de Asunción sobre carteles y gigantografías con el rostro de varios precandidatos” indicó.

Según el Cronograma Electoral de la Justicia Electoral, el periodo de fechas para hacer propaganda inicia el 19 de mayo para las internas simultáneas, hasta el 17 de junio, declaró la agente del Ministerio Público.

“Se trata de propaganda electoral extemporánea por más que no tenga el número de lista ni diga la palabra vote las listas de los movimientos que pugnarán en las internas ya están oficializadas”, agregó.

En esa misma línea, solicitó a los precandidatos a retirar las propagandas electorales, ya que aún no está vigente el periodo para lo puedan hacer.

Los operativos de eliminación proseguirán con el fin de hacer cumplir las leyes, las ordenanzas y los reglamentos electorales referentes a las propagandas extemporáneas dispuestas para su acatamiento a nivel nacional, informó el Tribunal Superior de Justicia Electoral.