¿Qué tipo de Mipymes se podrán inscribir?

El gerente financiero del IPS, Américo Riquelme, explicó que se trata de un sistema especial de beneficios que permite la inscripción de los propietarios y/o responsables de microempresas como sujetos del seguro social administrado por el Instituto de Previsión Social.

Asimismo enfatizó que dicha normativa debe ser celebrada por todos, ya que permite a los representantes legales, propietarios y accionistas de pequeñas empresas contar con protección social a partir de la inscripción al seguro social del Instituto de Previsión Social y en consecuencia podrán registrar a su grupo familiar como beneficiarios del seguro social, conforme al Art. 1° de la Ley Nº 2263/2003 y las disposiciones legales vigentes desde la activación en carácter de asegurado.

En ese sentido dijo que podrán usufructuar el seguro médico, para urgencias de forma inmediata, para el titular del seguro podrán acceder a consultas luego del pago del primer aporte y para los beneficiarios luego del pago del segundo aporte.

¿Qué tipo de Mipymes se podrán inscribir?

La clasificación de las Mipymes, según los parámetros de categorías, será la siguiente:

Microempresas: a los efectos de la Ley, se las identificará con las siglas «MIE» y es aquella formada hasta por un máximo de diez (10) personas, en la que el propietario trabaja, personalmente, él o integrantes de su familia y facture anualmente hasta el equivalente a guaraníes seiscientos cuarenta y seis millones cuarenta y cinco mil cuatrocientos noventa y uno (646.045.491).

Pequeña Empresa: a los efectos de la Ley, se las identificará con las siglas «PE» y será considerada como tal la unidad económica que facture anualmente hasta guaraníes tres mil doscientos treinta millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y tres (3.230.227.453) y ocupe hasta a treinta (30) trabajadores.

Medianas Empresas: hasta guaraníes siete mil setecientos cincuenta y dos millones quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y seis ( 7.752.545.886) de facturación anual y ocupe  hasta a cincuenta (50) trabajadores.

Categorizadas como tales en virtud del artículo 5° de la Ley de Mipymes N° 4457/2012 y al Decreto 3698/2020.

¿Dónde lo pueden hacer?

Pueden realizar las solicitudes de inscripción de forma presencial en el edificio Identificaciones AOP sito Nuestra Señora de la Asunción esquina Humaita y Piribebuy, Centros de Atención del Área Central – Capital y en las agencias regionales o zonales del departamento agencias del interior.

O de manera online a través de la plataforma informática del Ministerio de Industria y Comercio.

Es importante mencionar que el Instituto de Previsión Social, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Industria y Comercio trabajaron en conjunto para genera un portal único (www.ips.mic.gov.py) todas las personas podrán a través de su identidad electrónica registrarse y acceder a manuales tutoriales, gestión para inscripción, contactos y marco legal.

¿Qué implica el descuento del 23%?

La distribución de ese 23  por ciento es la siguiente:

Fondo de Jubilaciones y Pensiones: 12,5, calculado sobre el monto de la base imponible sobre la que fueron pagadas las cuotas.

Fondo de Enfermedad y Maternidad: 9% calculado sobre el monto de la base imponible sobre la que fueron pagadas las cuotas.

Fondo de Administración General: 1,5%, calculado sobre el monto de la base imponible sobre las que fueron pagadas las cuotas.

Las prestaciones económicas de largo plazo se calcularán tomando como Periodo de Referencia el promedio de los últimos 120 (ciento veinte) salarios mensuales sobre los cuales se cotizó al Seguro Social, ya sea únicamente como sujeto de la presente ley, o en forma combinada con otras categorías de cotizante.

El 23% es el aporte capital constitutivo es por cada individuo de manera personal.

¿Cuáles son los documentos que debo adjuntar a mi solicitud a través del sistema?

Dueño, titular o propietario de microempresa con cedula Mipymes:

  • Copia de cedula de Identidad del Microempresario.

Dueño, titular o propietario de microempresa sin cedula Mipymes:

  • Copia de cedula de Identidad del Microempresario.
  • Formulario de Declaración Jurada de Inscripción firmado por el socio Microempresario

Socio de microempresa:

  • Formulario de Declaración Jurada de Inscripción firmado por el socio Microempresario.
  • Copia de cedula de Identidad del Socio microempresario.
  • Copia de la Constitución de la Sociedad.
  • Copia de la última Asamblea Societaria.

Responsables de microempresa:

  • Copia del poder que se otorga al representante legal.
  • Copia legible y vigente de la cédula de Identidad del microempresario y del representante.

A los efectos del Art. 5° de la Ley N° 4457/2012, podrá ser sujeto de inscripción el cónyuge en su calidad de responsable de microempresa.

Inicialmente el registro es opcional, no obstante los sujetos obligados de la Ley deberán estar inscriptos ante el IPS, según la categorización del MIC de forma obligatoria a partir de 1 de julio del año 2028.




Encuestan a mipymes de Asunción y Central

La encuesta se aplicará a mipymes que se dedican al desarrollo de actividades económicas de fabricación de ropa o calzados, fabricación de productos metálicos, venta de ropa o artículos del hogar, servicios de transporte, servicios profesionales (de internet incluidos), construcción y taller de autos y motos.

La recolección de datos se realizará durante todo el mes de marzo, a través de entrevistas telefónicas y presenciales.  Los datos de cada encuestador están disponibles en la página web de la institución www.ine.gov.py.

La información recabada servirá de base para un diseño más adecuado de políticas públicas orientadas al desarrollo empresarial del sector.

El contenido de la encuesta incluye temas relacionados a la Información General de la empresa o negocio, Uso de Tecnología, Ventas y Prácticas Comerciales y Obstáculos para Expandir la Empresa o Negocio. Fuente: Agencia IP.




Más de 170 emprendedoras reciben capital semilla para reforzar sus negocios

El capital semilla es una herramienta que agiliza el acceso a las mujeres a las oportunidades económicas locales para ayudarlas a consolidar y hacer crecer sus emprendimientos.

Las emprendedoras fueron seleccionadas en la segunda convocatoria del “Capital Semilla Mujer Emprendedora del Proyecto de Asistencia a la Recuperación Económica y Empoderamiento de las Mujeres de América Latina y el Caribe en Etapa Post-Pandemia –Empleo”, que apoya los emprendimientos de las mujeres y  brinda asistencia técnica (Reemujerpy). La misma es llevada adelante por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y la misión técnica de Taiwán.

En la ocasión, el embajador de la República de China (Taiwán), José Chih Cheng Han, explicó que el proyecto nació con el objetivo de generar un alivio a la recuperación económica de las mujeres emprendedoras.

La iniciativa cuenta con un respaldo económico de 4 millones de dólares no reembolsable y se constituye en una herramienta para fortalecer a los emprendimientos liderado por las mujeres a través de cuatro componentes; el mejoramiento de la función institucional, la capacitación profesional, asesoramiento para la formación del emprendimiento de mujeres y el asesoramiento en rescate para mipymes.

“Gracias al MIC y al Viceministerio de Mipymes que trabajaron eficientemente con nuestra misión para lograr la firma del convenio en octubre del año pasado para dar lugar a la implementación de este proyecto, que se ha destacado en Paraguay por su implementación sobresaliente en la región, dando nuevas oportunidades a las mipymes en el país”, enfatizó el embajador.

Recordó que el año pasado se hizo la entrega de capital semilla a 78 ganadoras y hoy fueron incorporadas otras 172 mujeres ganadoras de la segunda convocatoria, que recibió más de 1.900 postulaciones a nivel país.

“El capital semilla es una herramienta que agiliza el acceso a las mujeres a las oportunidades económicas locales para ayudarlas a consolidar y hacer crecer sus emprendimientos», resaltó.

En ese sentido, dijo que brindar acceso a capital y mercados a las emprendedoras es vital para la prosperidad en términos económicos. Cuando empoderamos a las mujeres se produce un efecto multiplicador en la economía circular.

Asimismo se dirigió a las ganadoras y expresó que “ustedes son la representación de la mujer paraguaya, jefa de hogar y cuya contribución económica es históricamente significativa en Paraguay, mujeres reconocidas por su valentía y decisión, que según la historia, fueron capaces de levantar este país sumergidos en una guerra desigual”.

A su vez, Cristina Beatriz Recalde, en representación de las premiadas, expresó en nombre de sus compañeras el agradecimiento por el reconocimiento de sus trabajos como mujeres emprendedoras.

“Siempre hemos trabajado en el anonimato con muchos obstáculos en el camino, ante la falta de recursos y en la mayoría de los casos no siendo remuneradas y, menos aún, reconocidas; pero hoy se abren nuevos horizontes que nos brindan la posibilidad de poder recibir ingresos como este para el desarrollo de los distintos rubros para crecer e ingresar en el ámbito de la economía», dijo.

Enfatizó que mediante esta asistencia podrán mejorar sus productos y servicios, generando fuentes de trabajo para otras personas y de esa manera contribuir a la economía nacional.

Por su parte, el ministro de Industria y Comercio, Luis Castiglioni, resaltó la actitud solidaria de un país amigo como Taiwán que tras la pandemia destinó unos 4 millones de dólares no reembolsables para asistir a los emprendimientos liderados por mujeres, sector fuertemente golpeado por la pandemia.

“Me gustaría que el Parlamento nos apoye con más recursos para las Mipymes que son el futuro del Paraguay”, resaltó a tiempo de agradecer a todos los sectores que estuvieron involucrados en el proyecto, enfocado en para el desarrollo económico y social de este importante motor económico. Fuente: Agencia IP.




Exoneración de multas a las mipymes asciende a casi G. 1.000 millones

La Dirección de Registro Obrero Patronal, informó que 150 mipymes presentaron la solicitud de exoneración de multas. Explicó que conforme a la Resolución Nº 539/21 podrán ser beneficiadas las mipymes que no hayan la realizado la inscripción patronal, presentación de planillas laborales anuales y comunicación de movimiento de empleados. Al presentar el pedido deben indicar cual o cuales exigencias no cumplieron y requieren de la exoneración.

Las empresas deben remitir una nota dirigida al viceministro de Trabajo, Luis Orué o al director de Registro Obrero Patronal, Rubén Roa para solicitar la exoneración mencionando el RUC, nombre de la empresa y número patronal, firmada por los propietarios o representantes legales con copia de cédula de identidad. Asimismo deberá presentar el último nivel de facturación anual de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), última planilla de pago a IPS, copia de constancia de RUC; sino no cuenta con los documentos de la SET e IPS, puede presentar la cédula mipymes. También deberá anexar copia de cuestionario del curso de capacitación aprobado por la Dirección de Registro Obrero Patronal, otro de los requisitos que se debe cumplir.

Para realizar la inscripción patronal se debe ingresar en la página web del Ministerio de Trabajo en el siguiente enlace: https://www.mtess.gov.py/direccion-de-registro-obrero-patronal/inscripcion-patronal .

La presentación de los documentos para solicitar la exoneración se realiza a través de la mesa de entrada en línea que se encuentra en la página web del Mtess: https://tramites.mtess.gov.py/online/documento_add…
Más datos sobre la formación y exoneración de mipymes se puede encontrar en el siguiente enlace: https://www.mtess.gov.py/formalizacion/formalizaci….