Fiscalía y Senad allanan granjas en Luque y Areguá por cultivo ilícito de macoña para el aceite de cannabis

El único
detenido fue identificado como Juan
Carlos Cabezudo Cuevas
, quien sería el responsable de los cultivos en ambos
lugares. Fueron hallados
macetas, espigas de la hierba, balanzas de precisión y frascos con pequeñas
dosis de aceite de cannabis.

Informaciones
de la SENAD, dan cuenta de la existencia de inmuebles que estarían siendo
utilizados para el cultivo de sustancias estupefacientes, específicamente
plantaciones de marihuana, para desarrollar el cultivo de cannabis con
supuestos fines medicinales, y en donde se estaría elaborando y posteriormente
comercializando el aceite cannábico, presentado bajo la marca denominada
“Kokuesero”, el cual se comercializa entre 150 mil y 250 mil guaraníes,
dependiendo de la cantidad.

En tal
sentido, los responsables estarían realizando sus actividades ilícitas bajo la
denominación de una empresa denominada HUERTA MADRE, con RUC N° 80105751-5,
conocido también como “GRANJA MADRE”, que NO cuenta con autorización por parte
de la Secretaria Nacional Antidrogas (SENAD), como tampoco cumple con los
requisitos de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria – DINAVISA, del
Ministerio de Salud Pública.

La
mencionada empresa declara como actividad económica principal “Comercio al por
mayor de productos agrícolas a cambio de una retribución”, pero que en realidad
estaría transgrediendo normativas de la ley de drogas relacionadas al cultivo
ilícito de marihuana, pues independientemente de que el objeto de la misma sea
la supuesta elaboración del aceite de cannabis, dicha actividad sigue siendo
ilícita, ya que para tal efecto existen disposiciones normativas al respecto
que indican los procedimientos correspondientes.

Con respecto
al producto que estarían comercializando, el mencionado aceite cannábico
estaría siendo elaborado sin las medidas técnicas ni las prescripciones
científicas que corresponden, sin protocolos ni procedimientos estándares, que
se encuentran debidamente reglamentadas, y por otro lado, el contenido del
mismo tendría altos valores de THC, los cuales representarían índices no
permitidos para el ámbito de la salud.   

Desde la promulgación de la Ley N° 6007 «QUE CREA  EL PROGRAMA NACIONAL PARA EL ESTUDIO Y LA INVESTIGACIÓN MÉDICA Y CIENTÍFICA DEL USO MEDICINAL DE LA PLANTA DE CANNABIS Y SUS DERIVADOS«,  nuestro país apunta a la elaboración y provisión de medicina derivada del cannabis bajo protocolos científicamente aprobados, que garanticen la inocuidad y calidad de los productos en beneficio de la ciudadanía en general. Por tal motivo, es inconcebible permitir la elaboración de cualquier tipo de medicamento o derivados de cannabis de manera irregular, sin el debido control y aval de los órganos establecidos, de acuerdo  a las normativas vigentes.

Actualmente existen 12 empresas que cuentan con licencia de acuerdo a lo establecido en la ley. El órgano de aplicación de dicha normativa es el Ministerio de Salud Pública, a través de DINAVISA. Por su parte, la SENAD se encarga de la fiscalización y la lucha contra la producción  ilícita de drogas.