Militar recibe 15 años de cárcel por abusar de hijastra de 8 años

La fiscal pudo demostrar ante el Tribunal de Sentencia que el hombre vulneró en varias ocasiones a la hija de su pareja. El ahora condenado amenazaba a la niña que mataría a su madre si contaba lo que ocurría. Los hechos se produjeron de forma sistemática en el año 2019. La denuncia fue presentada por la madre tras tener conocimiento.

La Fiscalía, a través de los medios de pruebas, demostró claramente y sin lugar a dudas la existencia del hecho punible, como ser: acta de inspección ginecológica efectuado por la Clínica Forense del Ministerio Público, informe de inspección física ginecológica, informe psicológico del Centro de Atención a Víctimas del Ministerio Público, y la Cámara Gesell.




El futbolista Derlis Orué cae preso por prestación alimentaria

NO PASÓ PARA LA LECHE: El pelotero de Sol de América, Derlis Orué, fue detenido este sábado en Luque.

El experimentado futbolista fue detenido al mediodía de este sábado en las calles Felipe González y Gral. Díaz, del Cuarto Barrio, Luque.

El procedimiento fue ejecutado por agentes de la Comisaría 3ª Central.

Orué reside en la casa ubicada sobre las calles Herrera casi Tte. Ramírez, del Cuarto Barrio, de la ciudad de Luque.

El jugador contaba con una orden de captura pendiente, según “Oficio Judicial Nro 282, de fecha 14/03/2024, causa N° 1415/2021, Caratulada DERLIS RICARDO ORUE ACEVEDO S/ INCUMPLIMIENTO DEL DEBER LEGAL ALIMENTARIO, emanado y firmado por el Juzgado de Sentencia Penal N° 1 de la ciudad de Fernando de la Mora, Abg. LETICIA FRACHI”, indica el parte policial.

Este sábado los patrulleros de la Comisaría local dieron cumplimiento a la detención del futbolista, quien actualmente milita en el cuadro Danzarín de la Primera División del Fútbol paraguayo.

El pelotero fue trasladado hasta la base policial, en donde quedó a disposición del Juzgado que abrió la causa.




Tío depravado condenado a 14 años de cárcel

El fiscal de Luque, Jorge Escobar Lara, logró la condena de más de 14 años para el abusador.

El fiscal solicitó la pena privativa de libertad de 15 años para el procesado, pero el Tribunal le dio seis meses menos, aunque se ajusta al pedido de la acusación.

El agente del Ministerio Público explicó que la menor fue abusada por su tío político, desde los 12 y prolongándose hasta los 15 años.

Según la pesquisa, el hombre encerraba en su vehículo y manoseaba a la menor.

Además, la amenazaba de qué nadie le iba a creer y que de balde haría la denuncia.  

El caso estuvo a punto de extinguirse. El juicio oral se suspendió 12 veces, por medio de chicanas. De esta manera, el procesado buscó la impunidad mediante artilugios.

El Tribunal de Sentencia que condenó al abusador fue integrado por los jueces Liz Ramírez, Leticia Frachi, y Javier Sapena.




Fiscal cita a administrador por violencia familiar

Arturo Quiróga Cuenca, denunciado.

La ex pareja, su hermano y su padre deberán presentarse el viernes y lunes, en la Unidad N° 2, de la Fiscalía de Luque, para prestar declaraciones indagatorias en la causa abierta por supuesto hecho de violencia familiar.

Según los antecedentes, una mujer de 28 años radicó la denuncia el 24 de abril pasado en la Comisaría 3ª de Luque.

La víctima manifestó que mantuvo una discusión con su pareja, quien actuó con mucha violencia para llevar a su hijo menor.

Supuestamente, la víctima recibió golpes de puño y fue lanzada contra un tejido.

Otro hijo de la mujer intentó defender a su madre, pero también habría sido golpeado.

La Policía elevó al Ministerio Público y el fiscal Jorge Escobar abrió una causa.

En ese sentido, el representante del Ministerio Público citó al supuesto autor, a su hermano y a su padre, quienes fueron sindicados por la supuesta víctima.

El fiscal dijo a Luque Noticias que el Juzgado ordenó la exclusión de hogar del principal sospechoso (Arturo Quiróga Cuenca), y además, ofició pedidos de informes al Hospital General de Luque, en donde la madre fue atendida para el diagnóstico médico.




En marcha segundo juicio oral al hijo de OGD

El juicio comenzó sin incidentes previos y directamente pasó a la lectura de la resolución que elevó el caso a juicio oral; luego los alegatos.

Sin embargo, la nota distinta es que la máxima condena que se le puede aplicar al encausado es la de 8 años por el principio de la prohibición de la reforma en perjuicio. Es que fue el único que apeló la condena anterior que se anuló, por lo que en un nuevo juicio, no le pueden agravar la sanción que tuvo.

En el caso, según la resolución de la Corte, que ratificó el fallo del Tribunal de Apelación, se confirmó que González Chaves es culpable de enriquecimiento ilícito, pero se anuló la pena impuesta.

Además, se dispuso que se realizara un nuevo juicio oral por los cargos de lavado de dinero y declaración falsa. Así, en el juicio oral, solo se ven estos delitos.

No obstante, si es hallado culpable de estos dos delitos, para la aplicación de la pena, deben tener en cuenta que ya lo hallaron culpable de enriquecimiento ilícito.

Incluso, en un caso con pocos precedentes, puede ser absuelto en este juicio oral por los citados hechos punibles, pero igual deben aplicarle una pena por el delito por el cual se confirmó su culpabilidad, que es el enriquecimiento ilícito.

Ayer, los fiscales Francisco Cabrera y Luz Guerrero presentaron sus alegatos con respecto a los hechos, al igual que el defensor, Claudio Lovera, que alertó que ya no se tienen que tener en cuenta los hechos sobre enriquecimiento ilícito.

Además, declararon tres testigos, ex empleados de la firma Príncipe de Savoia, y el propietario de un inmueble ya vendido. Según los fiscales, se probó que la empresa no tenía cuentas propias, sino usaba las de González Chaves. Luego ya se produjeron las pruebas documentales.

Los jueces Ubaldo Matías Garcete, Karina Cáceres y Adriana Planás declararon un cuarto intermedio hasta el viernes a las 07:30, cuando seguirá el juicio oral. Luego, pasarán al 6 de junio a las 11 horas.

En el juicio, solo van a declarar otros tres testigos, y luego las documentales, según adelantaron los fiscales, debido a que se juzgan solo los dos delitos. Fuente: ÚH.




Fatal raudal: Jueza prohíbe a intendente consumir bebidas y portar armas

PROCESADO: El intendente de Luque, Carlos Echeverría, acudió al Juzgado de Luque para la imposición de medidas por las muertes en el raudal.

Carlos Echeverría fue imputado por el fiscal Jorge Escobar tras el trágico accidente en el que murieron una madre y su joven hija luego de ser arrastradas por un raudal. La falta de vallados de seguridad hizo que su vehículo cayera a un arroyo el mes pasado.

El abogado defensor del intendente, José Valenzuela, señaló que todavía no se tiene el informe de la pericia y que están a la espera de eso, ya que podría arrojar claridad con respecto a las responsabilidades, mientras cuestiona la caratula de homicidio culposo, que es lo que más los aqueja.

No soy el responsable

El intendente Echeverría sostuvo que la imputación no corresponde porque no fue responsable de la muerte de las dos mujeres, sino que, por el contrario, el conductor fue el responsable y primó la imprudencia.

El fiscal Jorge Escobar imputó al intendente por homicidio culposo e intervenciones peligrosas en el tránsito terrestre, tras la muerte de Sara Benítez, de 48 años, y su hija, Nilda Luján Barrios Benítez, de 19 años.

De acuerdo con la investigación preliminar, se comprobaron deficiencias en el sistema de seguridad en la zona, ya que no había señalización de advertencia de peligro e instalaciones de protección a peatones y vehículos, así como barreras eficaces contra raudales.

La tragedia ocurrió el pasado 24 de abril.

Para la Fiscalía, Echeverría “sería la persona responsable de dirigir y ejecutar obras para la seguridad vial de la ciudad y, en ese sentido, no habría realizado las debidas diligencias para disminuir el riesgo en la circulación del tránsito vehicular e inclusive peatonal de la zona identificada como zanja San Juan”.

Los agentes del Grupo Lince y las mujeres se desplazaban a bordo de un automóvil Toyota, modelo Premio, el pasado 24 de abril, cuando cayó un temporal y se formaron raudales en su trayecto, en las calles Francisco Solano López y Curupayty, pero la fuerte correntada de agua arrastró el automóvil hasta el arroyo San Juan.

Los uniformados pudieron salir, pero no lograron rescatar a las dos mujeres. Los cadáveres fueron encontrados horas después en el cauce hídrico.

Los cuestionamientos hacia las gestiones del intendente Echeverría empezaron a aumentar debido a que en el tramo no hay vallas de seguridad, a pesar de que el peligro estuvo siempre latente.

Apenas había un pasamanos precario que los propios vecinos habían colocado hace décadas, pero que no era suficiente para evitar que los vehículos caigan al arroyo.

Las mujeres se dirigían a la Secretaría Nacional de Deportes para participar de la ceremonia de egreso de un familiar que forma parte del Grupo Lince, Brahian Gómez, quien pudo salvarse en el accidente junto con dos compañeros.

El citado agente también fue imputado por el fiscal Escobar a raíz de que no contaba con licencia de conducir, por lo tanto no estaba habilitado para conducir un automóvil, cometiendo el hecho punible de “exposición al peligro en el tránsito terrestre”. Fuente: ÚH.