Reseña: en vida se destacó por sus melodiosas composiciones ejecutadas en arpa y por formar parte de memorables agrupaciones musicales. Protagonizó una verdadera cruzada por América con mucha versatilidad en este instrumento que tanto nos caracteriza, poniendo en alto el folklore de nuestro Paraguay.
Su obra cumbre, Cascada, es un clásico del arpa paraguaya, un gran símbolo ecológico y reflejo del espíritu y el carácter de la cultura guaraní.
La actividad estuvo a cargo de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Luque, con presencia de directores, invitados y ciudadanos, que pudieron presenciar las presentaciones del Ballet Municipal y del Conservatorio de Luque.
Multan a transportistas por pésimos servicios
Continúan las fiscalizaciones por parte del Viceministerio del Transporte ante los reclamos de los pasajeros.
Las empresas de transporte que prestan servicio en el área metropolitana de Asunción y no proporcionaron el servicio adecuado a las necesidades de los pasajeros fueron multadas al cierre de este mes por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) a través del Viceministerio de Transporte.
Las infracciones fueron constatadas por el Departamento de Fiscalización y Control durante las jornadas de control que lleva adelante la institución estatal.
En diciembre, fueron multadas 10 unidades de transporte pertenecientes a las empresas Gral. Aquino S.R.L.; La Lomita S.A.; San Isidro S.R.L.; La Sanlorenzana S.A.; San Lorenzo C.I.S.A.; Transportistas Guaraní S.R.L.; Capiatá S.R.L.; Ciudad de Villeta S.A.; Campo Limpio S.A.; Lince S.R.L. Ypané – Villeta; y Ñanduti S.R.L.
En enero incurrieron en infracciones 26 unidades de transporte de las empresas La Ciudad de Limpio S.R.L.; Campo Limpio S.A.; Automotores Guaraní S.R.L.; Capiatá S.R.L.; Lince S.R.L.; Puerto Falcón; Transportistas Guaraní S.R.L.; De la Conquista S.A.; La Chaqueña S.R.L.; Aregueña S.A.; San Lorenzo C.I.S.A; Ciudad de Luque S.R.L.; Ciudad de Villeta; Ximex S.A.; 16 de Noviembre S.R.L; La Lomita S.R.L.; Gral. Aquino y Mcal. López S.R.L.
Las empresas de transporte fueron multadas y notificadas por haber incurrido en infracciones, que varían de leves a graves.
Los principales motivos de sanción fueron por incumplimiento en los requerimientos del servicio en cuanto al acondicionador de aire y las condiciones de confort en los buses, con una sanción de cinco jornales mínimos (G. 515.455); por iniciar las operaciones diarias de la unidad sin limpieza interna y externa con 10 jornales mínimos (G. 1.030.910).
Otras de las infracciones fueron circular con puertas abiertas y no respetar las paradas obligatorias establecidas por el Viceministerio de Transporte, sancionadas con 10 jornales mínimos.
Cabe aclarar que una vez notificadas, las empresas tienen hasta cinco días hábiles para abonar la multa, y en caso contrario no podrán acceder al cobro del subsidio, resalta el informe del MOPC.
Ruta Luque-Areguá, una trampa mortal
UN PELIGRO: Así se encuentra todo el tramo de la ruta De Las Residentas.
Numerosos baches y pozos presentan la transitada arteria en todo su trayecto.
Entre Ycuá Duré y 3 de Mayo abundan los pozos y cráteres en el asfalto y en las banquinas.
En tanto, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), no responden a los reclamos vecinales y de conductores, según las quejas que recibimos en la Redacción de Luque Noticias.
Artesano ofrece sombrero pirí, ideal para el verano
EN SU TALLER: Don Eladio Agüero, un experto en la fabricación artesanal de sombreros de karanda’y.
El tradicional tramado de las fibras de hojas del karanda’y para la elaboración de los sombrero pirí, es un negocio para varias familias en Luque, uno de ellos la familia Agüero.
El producto final es mucho más fino y con excelente calidad. El precio del sombrero varía de acuerdo a la calidad y modelo, explicó don Eladio.
El artesano dijo que su producto es muy apreciado a nivel local como internacional, siendo el principal mercado Brasil, a través de acopiadores.
Don Agüero trabaja en su casa donde tiene su propio taller, ubicado en la zona de Cañada Po’í, de la compañía Tarumandy, de Luque.
Cooperativa Luque promueve bienestar de 200 mujeres
La esencia de MindHer radica en el enfoque integral hacia el bienestar emocional y mental como cimientos esenciales para empoderar a las mujeres y mitigar la violencia de género en todas sus manifestaciones. El proyecto se centra en el desarrollo de habilidades de empoderamiento y emprendedurismo, así como en la prevención de patrones de violencia hacia la mujer.
La Ministra de la Mujer, Lic. Cynthia Figueredo, participó de los talleres de capacitación llevados a cabo este sábado 20 de enero, a las 09:00, en la Casa Central de la Cooperativa Luque Limitada (Benigno Gonzalez 250 c/ Independencia Nacional).
MindHer cuenta con aliados estratégicos de renombre, como CONPACOOP (Confederación Paraguaya de Cooperativas), CNMC (Comité Nacional de Mujeres Cooperativistas), y la Cooperativa Luque Limitada, SAP (State Alumni Paraguay), entre otros.
Esta iniciativa no solo aspira a empoderar a las mujeres, sino que también busca aumentar sus recursos económicos para mejorar su posición financiera, cultural y social. Con el respaldo de estas acciones conjuntas, esperamos que MindHer tenga un impacto significativo y represente una oportunidad clave para impulsar el empoderamiento personal, social y económico de las mujeres paraguayas, contribuyendo así a la prosperidad y estabilidad de nuestro país.
¿Qué tipo de Mipymes se podrán inscribir?
El gerente financiero del IPS, Américo Riquelme, explicó que se trata de un sistema especial de beneficios que permite la inscripción de los propietarios y/o responsables de microempresas como sujetos del seguro social administrado por el Instituto de Previsión Social.
Asimismo enfatizó que dicha normativa debe ser celebrada por todos, ya que permite a los representantes legales, propietarios y accionistas de pequeñas empresas contar con protección social a partir de la inscripción al seguro social del Instituto de Previsión Social y en consecuencia podrán registrar a su grupo familiar como beneficiarios del seguro social, conforme al Art. 1° de la Ley Nº 2263/2003 y las disposiciones legales vigentes desde la activación en carácter de asegurado.
En ese sentido dijo que podrán usufructuar el seguro médico, para urgencias de forma inmediata, para el titular del seguro podrán acceder a consultas luego del pago del primer aporte y para los beneficiarios luego del pago del segundo aporte.
¿Qué tipo de Mipymes se podrán inscribir?
La clasificación de las Mipymes, según los parámetros de categorías, será la siguiente:
Microempresas: a los efectos de la Ley, se las identificará con las siglas «MIE» y es aquella formada hasta por un máximo de diez (10) personas, en la que el propietario trabaja, personalmente, él o integrantes de su familia y facture anualmente hasta el equivalente a guaraníes seiscientos cuarenta y seis millones cuarenta y cinco mil cuatrocientos noventa y uno (646.045.491).
Pequeña Empresa: a los efectos de la Ley, se las identificará con las siglas «PE» y será considerada como tal la unidad económica que facture anualmente hasta guaraníes tres mil doscientos treinta millones doscientos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y tres (3.230.227.453) y ocupe hasta a treinta (30) trabajadores.
Medianas Empresas: hasta guaraníes siete mil setecientos cincuenta y dos millones quinientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y seis ( 7.752.545.886) de facturación anual y ocupe hasta a cincuenta (50) trabajadores.
Categorizadas como tales en virtud del artículo 5° de la Ley de Mipymes N° 4457/2012 y al Decreto 3698/2020.
¿Dónde lo pueden hacer?
Pueden realizar las solicitudes de inscripción de forma presencial en el edificio Identificaciones AOP sito Nuestra Señora de la Asunción esquina Humaita y Piribebuy, Centros de Atención del Área Central – Capital y en las agencias regionales o zonales del departamento agencias del interior.
O de manera online a través de la plataforma informática del Ministerio de Industria y Comercio.
Es importante mencionar que el Instituto de Previsión Social, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Industria y Comercio trabajaron en conjunto para genera un portal único (www.ips.mic.gov.py) todas las personas podrán a través de su identidad electrónica registrarse y acceder a manuales tutoriales, gestión para inscripción, contactos y marco legal.
¿Qué implica el descuento del 23%?
La distribución de ese 23 por ciento es la siguiente:
Fondo de Jubilaciones y Pensiones: 12,5, calculado sobre el monto de la base imponible sobre la que fueron pagadas las cuotas.
Fondo de Enfermedad y Maternidad: 9% calculado sobre el monto de la base imponible sobre la que fueron pagadas las cuotas.
Fondo de Administración General: 1,5%, calculado sobre el monto de la base imponible sobre las que fueron pagadas las cuotas.
Las prestaciones económicas de largo plazo se calcularán tomando como Periodo de Referencia el promedio de los últimos 120 (ciento veinte) salarios mensuales sobre los cuales se cotizó al Seguro Social, ya sea únicamente como sujeto de la presente ley, o en forma combinada con otras categorías de cotizante.
El 23% es el aporte capital constitutivo es por cada individuo de manera personal.
¿Cuáles son los documentos que debo adjuntar a mi solicitud a través del sistema?
Dueño, titular o propietario de microempresa con cedula Mipymes:
Copia de cedula de Identidad del Microempresario.
Dueño, titular o propietario de microempresa sin cedula Mipymes:
Copia de cedula de Identidad del Microempresario.
Formulario de Declaración Jurada de Inscripción firmado por el socio Microempresario
Socio de microempresa:
Formulario de Declaración Jurada de Inscripción firmado por el socio Microempresario.
Copia de cedula de Identidad del Socio microempresario.
Copia de la Constitución de la Sociedad.
Copia de la última Asamblea Societaria.
Responsables de microempresa:
Copia del poder que se otorga al representante legal.
Copia legible y vigente de la cédula de Identidad del microempresario y del representante.
A los efectos del Art. 5° de la Ley N° 4457/2012, podrá ser sujeto de inscripción el cónyuge en su calidad de responsable de microempresa.
Inicialmente el registro es opcional, no obstante los sujetos obligados de la Ley deberán estar inscriptos ante el IPS, según la categorización del MIC de forma obligatoria a partir de 1 de julio del año 2028.