MADES declara contingencia ambiental ante epidemia de Dengue y Chikungunya

En este sentido, se dispone de medidas de mitigación de impactos ambientales para la salud humana, producidos por la falta de gestión adecuada de residuos sólidos urbanos y el procesamiento deficiente de desechos domiciliarios, a fin de aminorar la proliferación del vector transmisor del Dengue, Chikungunya y Zica.

Con esto, se establece, además, que las municipalidades deben identificar los sitios de vertido inapropiado de los Residuos Sólidos Urbanos y proceder a transportarlos hasta los rellenos sanitarios que se encuentren acorde a las normativas, además deberán gestionar adecuadamente los materiales reciclables, segregados y los residuos peligrosos, así como neumáticos en desuso.

Asimismo, los municipios declarados con brotes epidemiológicos de Dengue deberán identificar los terrenos baldíos con maleza y residuos y notificar por cualquier medio idóneo, a los propietarios a que procedan a su inmediata limpieza.

Los Municipios que cuentan con sitios de disposición final deberán presentar ante la autoridad ambiental, en un plazo no mayor a quince (15) días, sus correspondientes Planes de Contingencia Ambiental de Manejo Integral de los Residuos Sólidos, de manera a que puedan evaluarse la medida ambiental pertinente para su posterior adopción.

La Dirección de Fiscalización Ambiental Integrada, la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales, dependientes del MADES, fiscalizarán el cumplimiento de todas las medidas de mitigación de impactos ambientales para la salud humana, mencionadas anteriormente. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Declaración de Contingencia, serán pasibles de sanciones, así como la comunicación al Ministerio Público.

La Contingencia Ambiental tendrá una duración de 60 días, cumplido este plazo, cada municipio deberá presentar un informe de cumplimiento del Plan de Contingencia para su evaluación en el MADES.