Reportan al menos 8 fallecidos en accidente rutero en Santaní
Las víctimas fatales fueron identificadas como Romualda González, de 61 años, las hermanas Leticia Noemí González Garay, de 24, y Luz Paola González Garay, de 27, además de Raquel Aguayo Zorrilla, de 41 años, María Beatriz López, de 6 años, y Mía Nicol González Garay, de un año y seis meses de vida.
Las dos menores fallecieron ya tras ser derivadas al Hospital de Trauma, en Asunción. También se reportaron otras dos muertes más en el transcurso de la tarde noche.
Asimismo, entre los heridos se encuentran Arnaldo Noguera Guillén, de 43 años, Telma Garay González, de 52 años, Yeni Carolina López Aguayo, de 23, Estanislao González, mayor de edad, y Zully Noemí López Aguayo, de 8 años, quien también fue trasladada a la capital del país.
El chofer habría perdido el control del vehículo a raíz de un repentino reventón de la cubierta trasera. Cayó en la cuneta, volcando.
En principio se informó de cuatro fallecidos en el lugar del accidente, luego reportaron más fallecidos.
SND se prepara para Juegos Odesur 2022
Una de las obras más importantes actualmente en construcción es el pabellón de gimnasia en la sede de la SND.
La obra de 5.000 m2 permitirá albergar competencias oficiales y se unirá a la infraestructura ya existen en la sede central de la Secretaría, destacó el director de Deportes de la institución, Ricardo Deggeller.
Además de las obras de infraestructura, la SND inició desde el año pasado un programa de apoyo directo a deportistas de alto rendimiento. Mediante un trabajo con las federaciones y entidades para cada disciplina se han contratado entrenadores y fortalecidos los programas de entrenamiento para los atletas.
Deggeller destacó que los Juegos son una oportunidad para mostrar el potencial del país en la organización de un evento de esta magnitud y también para mostrar la capacidad de los deportistas nacionales.
Los Juegos Odesur Asunción 2022 serán del 1 al 15 de octubre. Se espera la participación de atletas y cuerpo técnico de 15 países del continente, con lo que se espera la presencia de 7.000 personas. La actividad, además, movilizará a 20.000 visitantes y atraerá la atención del continente hacia el país en una nueva edición de la competencia deportiva continental. Fuente: Agencia IP.
Investigan boicot digital en Poder Judicial de Luque que salpica a Ramón González Daher
A raíz de la investigación, se confirmó que a través de la clave de una funcionaria judicial de Luque se habría desvinculado a la fiscala Sandra Ledesma de la causa de Ramón González Daher y se asignó al fiscal Jalil Rachid.
No obstante, la agente fiscal pudo presentar el recurso de apelación dentro del plazo legal, ya que tenía 24 horas para hacerlo, y recién el sábado anterior vencía el plazo.
Los funcionarios sumariados son María José Soto Gavilán, oficial de secretaría; Mayra Andrea Irala Delvalle, también oficial de secretaría; y Tadeo Andrés Miguel María Rotela Fisch, quien es actuario judicial, del Juzgado de Luque.
El sumario fue abierto tras un informe remitido al Consejo de Superintendencia por la directora general de la Dirección General de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC), Rosa Liz Chamorro Ibarrola.
El hecho se habría dado en el Juzgado de Luque, luego de que el juez Enrique Sanabria otorgara libertad ambulatoria al prestamista luqueño, el pasado viernes 14 de enero.
Ledesma había pedido la prisión de RGD y cuestionado duramente la decisión del magistrado, y esa misma tarde intentó presentar la apelación. Sin embargo, la agente fiscal se encontró con la sorpresa de que le negaron el acceso al expediente. Fuente: ÚH.
Ejecutivo reglamentó suspensión o exclusión de la pensión a adultos mayores
El presidente de la República, Mario Abdo Benítez firmó el Decreto N° 6578por el “cual se reglamenta y aclara aspectos para la aplicación de la Ley N° 6795/2021, «que dispone condiciones y exigencias para la suspensión o exclusión de las personas adultas mayores al régimen de la pensión alimentaria establecido en la Ley N° 3728/2009″.
El documento señala que, los adultos mayores beneficiarios de la pensión alimentaria establecida en la Ley N° 3728/2009 y sus leyes modificatorias solo podrán ser suspendidos temporalmente o excluidos definitivamente de la planilla de pagos por las causales previstas en el artículo 1° de la Ley N° 6795/2021.
Es decir se procederá la suspensión temporal de un adulto mayor beneficiario cuando se configure de manera transitoria alguna de las causales contempladas en el artículo 1° de la Ley N° 6795/2021.
Sin perjuicio de lo establecido en la Ley N.° 6795/2021, la Dirección podrá revocar el ingreso de un adulto mayor a la planilla de pagos por razones de ilegitimidad, cuando constate que un adulto mayor no cumple con los requisitos legales y reglamentarios necesarios para la obtención de la pensión alimentaria.
Del bloqueo de seguridad
La Dirección podrá solicitar a la Dirección General del Tesoro Público, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, el bloqueo de seguridad como medida provisoria de toda cuenta bancaria del beneficiario, que no implicará la suspensión del pago de la pensión alimentaria.
De los procedimientos y de los documentos
El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección, podrá establecer procedimientos complementarios, así como determinar los documentos y los formularios requeridos para el ingreso y la permanencia en la planilla de pagos.
Los documentos y los formularios que presenten los adultos mayores o sus representantes deberán ser suscritos con carácter de declaración jurada.
De la reconsideración y de las asignaciones no percibidas
En caso de que una persona adulta mayor considere que haya sido excluida injustamente, tiene derecho a solicitar la reconsideración, aportando los elementos que justifiquen su no exclusión.
De considerarse procedente la referida solicitud, a más de la pensión se podrá abonar, en forma mensual, al beneficiario el monto de las asignaciones no percibidas, siempre y cuando la exclusión no sea imputable al beneficiario, hasta el monto correspondiente a una (1) mensualidad, hasta cubrir el monto total de las prestaciones no percibidas.
En todos los casos, la reintegración en planilla y/o la acreditación del monto mensual de las asignaciones no percibidas se realizará de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.
El plazo para expedirse ante la solicitud de reconsideración será de 30 días hábiles. El plazo quedará suspendido en los casos que la solicitud sea puesta a vista del interesado, requiera verificación en el domicilio denunciado del solicitante, informes o documentaciones de instituciones públicas y/o privadas.
En los casos en que la persona adulta mayor no haya aportado elementos que justifiquen su no exclusión, la Dirección podrá iniciar en los casos que ameriten, los trámites de conformidad con las previsiones del Capítulo VI, «De la Selección», y demás concordantes del Decreto N.° 3816/2020.
A diciembre de 2021, casi la mitad de la población (49%) de 65 años y más en Paraguay es beneficiaria de la Pensión Alimentaria al Adulto Mayor, sumando un total de 253.647 beneficiarios activos, de acuerdo a los datos oficiales del Ministerio de Hacienda. Fuente: Agencia IP.