Jueza debe dictar fallo a favor o en contra de la libertad de expresión

La jueza de Capiatá, Jovita A. Rojas de Bortoletto (centro), tiene a su cargo el cuestionado amparo contra la prensa «nacional e internacional».

Pese a que
no es la vía para recurrir, llamativamente la magistrada dio trámite al juicio
y rápidamente ordenó la audiencia que se cumplió el lunes pasado en el Juzgado
de la Niñez y la Adolescencia de Capiatá. En la oportunidad, la magistrada
resolvió dar apertura a pruebas del juicio para su diligenciamiento durante
tres días, que se cumplen este jueves.

El amparo
fue promovido por la profesora, quien afronta una investigación administrativa
ordenada por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). El objetivo es evitar
que los medios de comunicación divulguen la pesquisa en su contra por supuesto
hecho de planillerismo y presuntas irregularidades en la recategorización de
rubros del nivel inicial a horas cátedra (sin concurso de oposición y sin
contar con el perfil).

Claramente
con la acción judicial buscan evitar publicaciones futuras, es decir, se trata
de una censura previa directamente contra Luque Noticias y otros medios (de
comunicación) “nacional e internacional”, tal como señalan en su presentación.

La acción
promovida por la funcionaria pública contraría varias garantías de la
Constitución Nacional como la libertad de expresión y de prensa, además del
derecho de la ciudadanía de recibir información.

La libre expresión se garantiza en
las leyes

Constitución Nacional: Art. 26: “De la libertad de expresión y de prensa. Se garantizan la
libre expresión y la libertad de prensa, así como la difusión del pensamiento y
de la opinión, sin censura alguna, sin más limitaciones que las dispuestas en
esta Constitución; en consecuencia, no se dictará ninguna ley que las
imposibilite o las restrinja. No habrá delitos de prensa, sino delitos comunes
cometidos por medio de la prensa. Toda persona tiene derecho a generar,
procesar o difundir información, como igualmente a la utilización de cualquier
instrumento lícito y apto para tales fines”.

Declaración Universal de los DD.HH.: Art. 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y
de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus
opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de
difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Pacto San José de Costa Rica: Art. 13: “Libertad de Pensamiento y de
Expresión. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de
expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea
oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro
procedimiento de su elección. El ejercicio del derecho previsto en el inciso
precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades
ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley”.

El portal
Digital Luque Noticias, a través de su abogado defensor Ricardo A. Lugo
Rodríguez, planteó el rechazo del amparo promovido para tratar de acallar a la
prensa para evitar que se siga ventilando la denuncia en su contra por presuntas
irregularidades.

Antecedentes

En el Juzgado de Capiatá. La funcionaria pública, Luz Melgarejo de Beraud, pretende acallar a la prensa para evitar que se ventile la investigación en su contra por parte del MEC.

Luque
Noticias viene denunciando una serie de irregularidades presuntamente cometidas
por la maestra Luz Melgarejo de Beraud, quien fue sindicada como planillera en
la Supervisión Región 27, en donde no asiste a trabajar desde febrero pasado.

Además,
accedió sin concurso a horas cátedra entre marzo y agosto del año pasado.

La “Técnica”
de la Supervisión cuenta con 260 horas cátedra que corresponden a rubros “Z” sin
estar en aula. Según documentos, figura como docente catedrática en las
escuelas Silvio Pettirossi, de Luque, y Gral. Máximo Santos, de Asunción.

La citada
docente solo tiene perfil para nivel inicial: Maternal, Prejardín, Jardín y
Preescolar. Sin embargo, accedió a horas cátedra sin concursar y sin estar en
Banco de Datos del MEC.

La docente
para tratar de eludir a la prensa presentó un confuso certificado médico de
reposo. “El documento” pertenece a un sanatorio privado y no fue visado por el
IPS. Tampoco cuenta con mesa de entrada en la Supervisión de Luque, a cargo de
Ada Luz Fernández de Rodríguez.

La docente
también carece de comisionamiento para pemanecer en la Supervisión. La propia
supervisora la delató durante la constitución de una comitiva de la Dirección
de Transparencia y Anticorrupción del MEC en el marco de la investigación en su
contra.